Programa Erasmus+ de Prácticas para el curso 2020/2021

Vicerrectorado de Coordinación Académica y Calidad

Convocatoria de movilidad de Prácticas ERASMUS+ para estudiantes de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) - Curso académico 2020/2021

Resolución Rectoral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia de 4 de diciembre de 2020 por la que se acuerda hacer pública la convocatoria de plazas para la movilidad de estudiantes en el marco del Programa Erasmus+ de Prácticas para el curso 2020/2021.

Las referencias a personas, colectivos o cargos académicos figuran en la presente convocatoria en género masculino, como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.

 

1.- PRESENTACIÓN.

La movilidad de estudiantes para la realización de Prácticas Erasmus+ está integrada dentro de la Acción Clave 1 (KA1) del Programa Erasmus+. El periodo de prácticas es la estancia en una empresa u organización de otro país participante, y tiene por finalidad contribuir a que los estudiantes se adapten a las exigencias del mercado laboral a escala comunitaria, alcancen aptitudes específicas y mejoren su comprensión del entorno económico y social del país en cuestión, al mismo tiempo que adquieren experiencia laboral.

Los participantes en estas prácticas pueden mejorar sus competencias comunicativas, lingüísticas e interculturales, adquiriendo aptitudes no técnicas muy valoradas en el mercado laboral y desarrollando una mentalidad más emprendedora. Además, el programa Erasmus+ presta un apoyo lingüístico online que facilita el aprendizaje del idioma utilizado en el lugar de trabajo.

A tal fin y para garantizar los principios básicos de publicidad, concurrencia, transparencia y objetividad, el Vicerrectorado de Internacionalización junto al Vicerrectorado de Estudiantes y Emprendimiento y el Vicerrectorado de Coordinación Académica y Calidad han resuelto publicar la siguiente convocatoria, financiada con el proyecto Erasmus+ 2020-1-ES01-KA103-079067.

 

2.- DESTINATARIOS.

Se convocan 5 becas para la realización de prácticas a tiempo completo en el extranjero destinadas a recién titulados de la UNED (curso 2019-2020) y estudiantes matriculados en la UNED en Grado/Máster universitario y Doctorado durante el curso 2020-2021.

Todos los interesados deberán realizar prácticas a tiempo completo en empresas, centros de formación, centros de investigación y otras organizaciones.

La movilidad se deberá realizar con fecha límite de 30 de noviembre de 2021.

 

3.- CARACTERÍSTICAS DE LA CONVOCATORIA.

3.1. Las movilidades se concederán exclusivamente para la realización de prácticas a tiempo completo en instituciones de acogida en el extranjero.

3.2. INSTITUCIONES DE ACOGIDA:

3.2.1 Tipos de institución:

  1. Cualquier organización pública o privada activa en el mercado de trabajo o en los ámbitos de la educación, la formación o la juventud. Por ejemplo, la organización puede ser:
  • Una empresa pública o privada, pequeña, mediana o grande (incluidas las empresas sociales).
  • Un organismo público local, regional o nacional.
  • Un interlocutor social u otro representante de la vida laboral, incluidos las cámaras de comercio, las asociaciones artesanales o profesionales y los sindicatos.
  • Un instituto de investigación.
  • Una fundación.
  • Un centro escolar, un instituto o un centro educativo (de cualquier nivel, desde preescolar a secundaria alta, incluidas la educación profesional y la educación de personas adultas).
  • Una organización, asociación u ONG sin ánimo de lucro.
  • Un organismo de asesoramiento académico, orientación profesional y servicios informativos.
  1. Una Institución de Educación superior (HEI - Higher Education Institution) del país del programa, titular de una Carta Erasmus (ECHE - Education Charter Higher Education). Pueden consultarlas en el siguiente enlace: https://eacea.ec.europa.eu/erasmus-plus/actions/erasmus-charter_en?qt-related_content_book=1#qt-related_content_book

3.2.2. Los siguientes tipos de organizaciones no son admisibles como organizaciones de destino para estudiantes que vayan a realizar un periodo de formación práctica:

Las instituciones de la UE y otros organismos de la UE, incluidas las agencias especializadas (cuya lista exhaustiva se puede consultar en el sitio Web):

http://portal.uned.es/pls/portal/docs/PAGE/UNED_MAIN/INTERNACIONAL/MOVILIDADRRII/UINT_MOV_PERSONALGESTION/ERASMUS

HOST_INSTITUTIONS_CODES.PDF

  1. Las organizaciones que gestionen programas de la UE, como las Agencias Nacionales Erasmus+ (con el fin de evitar conflictos de intereses o dobles financiaciones).

3.3. RECONOCIMIENTO ACADÉMICO:

La UNED (Código Erasmus: E MADRID01; Carta Erasmus: 28680-EPP-1-2014-1-ES-EPPKA3-ECHE), deberá conceder el pleno reconocimiento al período de prácticas realizado en la organización de acogida. El reconocimiento únicamente podrá ser denegado si un estudiante no alcanza el nivel requerido por la institución de acogida, o bien se incumplen las condiciones acordadas relativas al reconocimiento.

La UNED deberá cuidar la calidad de las prácticas a realizar por sus estudiantes, así como la adecuación de las mismas al perfil académico.

Si el periodo de prácticas forma parte integrante del plan de estudios, la institución de origen debe reconocerlo totalmente mediante créditos ECTS o un sistema equivalente. El reconocimiento se basará en el Acuerdo de Aprendizaje aprobado por las partes antes de iniciarse el periodo de movilidad.

Si el periodo de prácticas no forma parte del plan de estudios del estudiante, estas prácticas se considerarán extracurriculares y no tendrán reconocimiento académico. Se expedirá a todos los beneficiarios un certificado de prácticas expedido por la Oficina de Prácticas de la UNED.

3.4. DURACIÓN DE LA ESTANCIA:

Las prácticas en el extranjero pueden durar entre un mínimo de dos meses (60 días) y un máximo de 12 meses (360 días). Teniendo en cuenta que el SEPIE ha fijado la duración máxima de la estancia financiada en 3 meses. Las fracciones de mes se calcularán multiplicando el importe mensual de la beca por el número de días/30.

Las prácticas se podrán realizar con fecha límite del 30 de noviembre de 2021.   La fecha de inicio de las prácticas será la del primer día que el estudiante ha de estar presente en la organización de destino. La fecha de finalización será el último día que el estudiante ha de estar presente en la organización de destino. Se justificarán documentalmente las estancias.

En todo caso, la duración estará determinada por la oferta concreta de cada institución. Se podrá ampliar el período de estancia si la institución de origen y la de acogida están de acuerdo, siempre y cuando la estancia ampliada se realice inmediatamente después, no suponga una interrupción de la misma y no se extienda más allá del 30 de noviembre de 2021.

Durante el cierre de la empresa por vacaciones, se mantiene el derecho a percibir la ayuda de la UE, siempre y cuando la estancia de las prácticas continúe al menos un mes después de finalizar el periodo vacacional de la institución de acogida. Los días de cierre no computarán para duración mínima (3 meses), pero sí para la duración máxima de 12 meses de movilidad Erasmus por cada ciclo de estudios.

3.5. SEGUIMIENTO DE LA ESTANCIA:

La empresa u organización nombrará en cada caso un tutor que velará por el cumplimiento de los objetivos contenidos en el Acuerdo de Formación y Compromiso de Calidad de la práctica. Por otra parte, a cada estudiante seleccionado se le asignará un coordinador de la UNED, en función de los estudios que este cursando, que será el encargado de supervisar el periodo de prácticas.

3.6. COMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS:

3.6.1. Compatibilidad de ayudas en el marco de Programas Erasmus+. La recepción de ayudas Erasmus+ con fines de prácticas es incompatible con las ayudas Erasmus+ de estudios en el mismo período, siendo, sin embargo, compatibles si se desarrollan en dos períodos sucesivos en el mismo curso académico.

3.6.2. Compatibilidad con las Becas del Estado. La concesión de una ayuda Erasmus+ no supone, en ningún caso, la reducción ni supresión de la beca obtenida, en su caso, de la Convocatoria General del Estado.

 

4.- DESTINOS.

El solicitante tendrá la obligación de aportar junto con su solicitud los datos de contacto y el compromiso de aceptación de una empresa que le haya aceptado como estudiante en prácticas. Para ello deberá adjuntar a su solicitud (anexo I), la ficha de empresa (anexo II), debidamente firmada y sellada por la misma. Pueden descargar los anexos de la página web de la Oficina de Prácticas: https://www.uned.es/universidad/inicio/estudios/oficina-practicas.html

La práctica propuesta deberá ser aceptada por el coordinador de la UNED, e incluirá su firma en el documento habilitado para ello. En caso de estudiantes de Máster, incluirán el visto bueno del director del Máster, cuando proceda. En caso de estudiantes de doctorado, incluirán el visto bueno del director/directores de Tesis, cuando proceda.

En todo caso para la concesión de la beca, se tendrá en cuenta la idoneidad de la empresa aportada.

 

5.- REQUISITOS PARA SOLICITAR UNA BECA ERASMUS+ DE PRÁCTICAS.

5.1. Ser titulado de un Grado/ Máster Universitario/Doctorado, excluidos los Títulos Propios, y haber finalizado los estudios en el curso 2019/2020.

5.2. Estudiantes de la UNED matriculados durante el curso 2020/2021 en estudios conducentes a la obtención de títulos oficiales de Grado/Máster Universitario o Doctorado, excluidos los Títulos Propios.

5.3. Nacionalidad:

  • Tener nacionalidad española o ser nacional de un país de la Unión Europea o de cualquier otro estado miembro del Programa Erasmus+ que estén en posesión del NIE, o bien:
  • Tener nacionalidad de terceros países (países no participantes en el programa) y estar en posesión de un permiso de residencia válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad (NIE). En este caso, el solicitante es responsable de gestionar los visados o permisos correspondientes a su desplazamiento a la institución de destino; se aconseja comenzar esta tramitación al menos con 3 meses de antelación a la fecha de salida prevista. Antes del comienzo de la movilidad, estos estudiantes deben justificar en la UNED estar en posesión de las autorizaciones necesarias.

5.4. No haber disfrutado de una beca Erasmus (Erasmus+ y Erasmus Mundus) de 12 meses (360 días) de duración en el mismo ciclo académico.

5.5. No simultanear una beca de estudios Erasmus+ con la beca de prácticas Erasmus+. Aunque sí será posible compaginarlas en el mismo año académico siempre que:

5.5.1. La duración mínima de cada una de ellas sea de tres meses (90 días).

5.5.2. Que la suma de las movilidades Erasmus (Erasmus y Erasmus Mundus) dentro del mismo ciclo de estudios no sea superior a 12 meses (360 días).

5.5.3. Queden cerrados todos los trámites de una estancia antes de comenzar la siguiente.

5.6. Conocimiento adecuado de la lengua de trabajo en la institución/empresa de acogida. Debe presentar justificantes de conocimiento de la lengua en el país de destino. Se requerirá, al menos, una acreditación de nivel B1.

El nivel y la titulación oficial de idioma exigidos serán fijados por la empresa y especificados en el perfil de la práctica. Se justificarán documentalmente.

Los estudiantes seleccionados realizarán una prueba online obligatoria del idioma de trabajo en la institución de destino, y pueden ser seleccionados para realizar un curso online que permita mejorar sus conocimientos. En ambos casos, a través de una aplicación informática de la UE. Las indicaciones para realizar dicha prueba les serán enviadas a cada estudiante, por el sistema OLS, desde la Oficina de Relaciones Internacionales, a su dirección de correo: identificador@alumno.uned.es

5.7. No haber incumplido alguna obligación como estudiante de la UNED. A su vez, se excluirá a los estudiantes que hubieran incurrido en incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en convocatorias previas de la Oficina de Relaciones Internacionales de esta universidad.

Igualmente serán excluidos los estudiantes que tuvieran cantidades pendientes de pago a la UNED.

5.8. Los estudiantes han de llevar a cabo su actividad de movilidad en un país del programa, diferente del país donde esté establecida la organización de origen y del país en el que reside el estudiante durante sus estudios.

5.9. Todos los requisitos deberán cumplirse en el momento de solicitud de la beca y deberán mantenerse durante la realización de las prácticas.

 

6.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.

Quien desee tomar parte en la presente convocatoria deberá hacerlo constar enviando el Impreso de Solicitud de Plaza ERASMUS+ Movilidad Prácticas (anexo I), debidamente cumplimentado y firmado por el/la interesado/a, a la dirección electrónica oficinadepracticas@adm.uned.es . Pueden descargar los anexos desde la página web de la Convocatoria en https://www.uned.es/universidad/inicio/estudios/oficina-practicas.html

El impreso de solicitud se enviará acompañando los siguientes documentos. Los archivos generados se admitirán en formato .DOC, .PDF, y deberán tener la denominación Apellido1Apellido2Nombre-tipo-de-documento.PDF o la extensión que corresponda.

La presentación de la solicitud incluirá:

  • Copia escaneada -pdf- del DNI o documento oficial de identificación (NIE) para estudiantes de nacionalidad distinta a la española (Información NIE: http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/extranjeria/ciudadanos-de-la-union-europea/numero-de-identidad-de-extranjero-nie-)
  • Para los estudiantes de países no comunitarios: copia escaneada -pdf- del permiso de residencia en vigor, válido para residir en España durante el período de realización de la movilidad (NIE).
  • Ficha de empresa (anexo II).
  • Carta del responsable de acogida firmada con la aceptación expresa al estudiante en prácticas.
  • Curriculum Vitae de acuerdo al modelo EUROPASS, en el que se expresen todos los méritos no comprendidos en el Expediente académico, incluyendo fotocopias acreditativas de los diplomas, cursos o experiencia profesional. Se puede descargar en: http://europass.cedefop.europa.eu/en/documents/curriculum-vitae
  • Acreditación del conocimiento de idiomas, mediante certificado expedido por un centro de estudios acreditado.

El plazo para la recepción de las solicitudes estará en abierto desde el 15 de diciembre de 2020 hasta el 31 de enero de 2021.

 

7- VALORACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.

La Comisión de Selección estará formada por:

  • Presidente: Vicerrector adjunto de Prácticas.
  • Secretario: Un técnico del COIE.
  • Vocal: Jefe de Servicio de Internacionalización y Centros en el Exterior.

Los criterios que valorará la Comisión de Selección para la concesión de las becas de movilidad serán los siguientes:

  • Calificación media del expediente académico.
  • Conocimiento de idiomas. Es obligatorio acreditar nivel B1 (o superior) del idioma del país de destino, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
  • Adecuación de la empresa aportada y adecuación del estudiante al perfil de la plaza. Podrán realizarse entrevistas personales si la Comisión de selección lo estima oportuno.

Además, se tendrá en cuenta la posibilidad de establecer un acuerdo de formación viable, en función de los créditos que le resten a cada estudiante para completar su plan de estudios.

La empresa que ofrece las prácticas deberá dar su conformidad con la elección del candidato.

Se dará mayor prioridad a quienes no hayan realizado movilidad en el marco del programa Erasmus (PAP, Erasmus+ y Erasmus Mundus).

 

8. ADJUDICACIÓN DE PLAZAS Y RENUNCIAS.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección realizará la propuesta de adjudicación de plazas y el Vicerrectorado de Coordinación Académica y Calidad dictará propuesta de resolución con el listado de estudiantes seleccionados, suplentes y excluidos Erasmus + Prácticas. Dicha propuesta de resolución será publicada en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), y se anunciará en la página web de la Oficina de Practicas, en la página web del COIE www.uned.es/coie  y en la página web del Servicio de Internacionalización http://www.uned.es/erasmus .

En el plazo de 10 días hábiles siguientes a la publicación en el BICI, los interesados podrán interponer las reclamaciones oportunas, previas a la resolución definitiva.

Transcurrido dicho plazo, se dictará resolución definitiva que será publicada en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI) así como en las anteriores páginas web.

Una vez adjudicada la beca, si el estudiante quisiera presentar una renuncia, ésta deberá comunicarse por escrito ante la Oficina de Prácticas, alegando las causas de dicha renuncia y justificándola documentalmente. La falta de comunicación podrá dar lugar a la exclusión del/la estudiante en futuros procesos de selección para convocatorias de movilidad Erasmus+.

 

9.- AYUDA FINANCIERA.

La financiación de la presente convocatoria será con cargo al proyecto Erasmus+: 2020-1-ES01-KA103-079067.

La beca Erasmus+ Prácticas tiene un carácter fundamentalmente académico, facilita la movilidad de estudiantes a otros países europeos y el posterior reconocimiento de las prácticas realizadas. Las ayudas tienen como finalidad contribuir a sufragar los gastos adicionales asociados a la movilidad de estudiantes (principalmente gastos de viaje y manutención) derivados de la estancia en el extranjero. Estas ayudas provienen de la Comisión Europea, a través del SEPIE (Servicio Español para la Internacionalización de la Educación).

El incumplimiento por parte de cada estudiante de las condiciones del acuerdo de formación y del convenio financiero que recibirán y firmarán los estudiantes seleccionados, puede dar lugar a sanciones económicas que supongan el reembolso total o parcial de las cantidades percibidas.

Las ayudas financieras se abonarán en dos pagos, que se realizarán en función de la duración de la estancia.

Para poder percibir el primer pago, cada estudiante tendrá que haber presentado toda la documentación justificativa para recibir la ayuda financiera, así como enviar un Certificado de Llegada firmado y sellado por la institución de acogida y haber realizado la primera prueba del idioma OLS (instrucciones que recibirá una vez seleccionado).

El importe de las ayudas variará en función del país de destino, según los tres grupos de países que se describen a continuación:

  • Grupo 1: Austria, Dinamarca, Finlandia, Francia, Irlanda, Italia, Liechtenstein, Noruega, Reino Unido, Suecia. Cantidad Mensual de la Ayuda: 400 euros.
  • Grupo 2: Alemania, Bélgica, Chipre, Croacia, Eslovenia, Grecia, Holanda, Islandia, Luxemburgo, Portugal, República Checa, Turquía. Cantidad Mensual de la Ayuda: 350 euros
  • Grupo 3: Antigua República Yugoslava de Macedonia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Rumania. Cantidad Mensual de la Ayuda: 300 euros.

El número máximo de meses de estancia financiados se ha fijado en 3 por parte del SEPIE.

Durante su movilidad, cada estudiante seguirá disfrutando de las becas o préstamos con fines educativos que podría obtener normalmente para estudiar en su institución de origen. Las ayudas de movilidad Erasmus+ son compatibles con:

  • Los sistemas nacionales y/o regionales de becas, incluidos los sistemas que ofrecen una compensación por los gastos adicionales de los estudios realizados en el extranjero.
  • Cualquier tipo de remuneración de la empresa u organización de destino.
  • Un trabajo a tiempo parcial, siempre que se desempeñen las actividades previstas en el Acuerdo de Formación.

El abono de las ayudas se realizará exclusivamente mediante transferencia bancaria a un número de cuenta emitida por una entidad bancaria española, cuyos titulares o cotitulares deberán ser, necesariamente, las personas beneficiarias de las mismas. Para poder realizar el pago a estudiantes que no tienen nacionalidad española es obligatorio presentar copia del NIE.

 

10.- DERECHOS Y DEBERES DEL BENEFICIARIO.

El estudiante que obtenga una beca de Prácticas Erasmus+ se compromete a:

  1. Respetar las normas y reglamentos de la empresa o institución de acogida, su jornada laboral habitual, su código de conducta y su política de confidencialidad.
  2. Comunicar a la Universidad cualquier problema o modificación en las prácticas.
  3. Presentar un informe final, así como cualquier otro documento que se le solicite, al término de las prácticas.
  4. Si el certificado de estancia acreditara un período inferior a las cantidades recibidas, el estudiante deberá reintegrar la totalidad o una parte de la ayuda recibida cuyo importe será proporcional al período no certificado. Así mismo, se solicitará también el reintegro en caso de renuncia total o parcial.
  5. Los beneficiarios de las becas de movilidad reguladas en la presente convocatoria serán los únicos responsables de sus acciones en las empresas o instituciones del país de destino, eximiendo de todo tipo de responsabilidad a la UNED en el ejercicio de acciones como consecuencia de daños causados, renuncias extemporáneas o cualquier otro evento que pudiera implicar reclamaciones a esta universidad.
  6. Cumplimentar y presentar cualquier documentación relacionada con su beca que le fuera requerida por la UNED o por el SEPIE.
  7. Si de las prácticas derivara algún trabajo susceptible de ser publicado, el autor deberá hacer constar la ayuda financiera recibida a través del programa Erasmus+.
  8. El disfrute de la ayuda por parte del beneficiario implica la aceptación de las bases fijadas en esta convocatoria, así como las que la Universidad determine en el ámbito de sus competencias para supervisar y evaluar el desarrollo de su prestación.
  9. Mantener la debida discreción sobre aquellos asuntos, datos e informaciones de los que tengan conocimiento como consecuencia del disfrute de la práctica, sin que puedan hacer uso de los mismos para beneficio propio o de terceros, o en perjuicio del interés público.
  10. Si un participante no puede cumplir con sus obligaciones por causa de fuerza mayor, deberá comunicarlo a: oficinadepracticas@adm.uned.es , para solicitar la aprobación por escrito del SEPIE.

A su vez, con carácter general, el beneficiario de esta práctica tendrá los derechos fijados en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios (art. 9.1), así como a los siguientes derechos:

  • Obtener de la UNED la colaboración y apoyo necesario para el desarrollo normal del cometido asignado, realizando un seguimiento y evaluación permanentes de los progresos y competencias desarrolladas a lo largo del período de desarrollo de la práctica.
  • Percibir la dotación económica que corresponda, en la forma establecida en la presente convocatoria y en las normas de general aplicación dictadas por la UNED.
  • Inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social en los términos establecidos en la legislación vigente.
  • Recibir una vez finalizado el período de duración de la práctica del certificado de prácticas, expedido por la UNED a través de su Oficina de Practicas.

 

11.- INFORMACIÓN.

Esta convocatoria ERASMUS+ DE MOVILIDAD EN PRÁCTICAS se encuentra publicada en la página Web de la Oficina de Prácticas de la UNED: https://www.uned.es/universidad/inicio/estudios/oficina-practicas.html

 

12. CLÁUSULA FINAL.

Los interesados podrán recurrir contra los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria en los casos y formas previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (Ley39/2015 de 1 de octubre).

La presentación de la solicitud Erasmus+ de prácticas supone la aceptación, en todos sus términos de las bases establecidas en la presente convocatoria.

Los candidatos, por el hecho de participar en la presente convocatoria, se someten a las bases establecidas en la misma y a las decisiones adoptadas por la Comisión de Selección, sin perjuicio de las reclamaciones o los recursos pertinentes. La Comisión de Selección se encuentra facultada para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en estas bases.

La presente resolución agota la vía administrativa y contra ella cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 o bien interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo de Madrid, de conformidad los artículos 9 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.